Uno de los cambios es relativo a partes interesadas y comunicación externa.
El concepto "parte interesada" se modifica por uno más amplio.
Las partes en cuestión se determinarán
por la organización. Parte interesada: Persona u organización que puede afectar, ser afectada
por, o que se pueda percibir afectada (clientes, comunidad,
proveedores, autoridades, inversionistas, empleados, etc ...). Se debe prestar
atención a las palabras "percibir afectada." La organización deberá determinar sus partes
interesadas y sus expectativas. Se deberá planificar la comunicación externa e
interna. El desarrollo de una estrategia de comunicación, incluye requisitos
sobre la calidad de la información comunicada y mecanismos para hacer sugerencias
sobre la mejora del sistema de gestión ambiental por parte de personas que
trabajan para o en nombre de la organización. La decisión de comunicar
externamente por la organización es mantenida,
pero la decisión deberá tomar en cuenta la información requerida por las
agencias reguladoras y las expectativas de las partes interesadas. La
comunicación deberá ser más transparente, adecuada, creíble y confiable.